Solicitud de información sobre servicios de urgencias
Bogotá, 15 de junio de 2025
Señores:
Ministerio de Salud y Protección Social
Bogotá
Asunto: Derecho de petición. Artículo 23 de la Constitución Política y leyes 1755 de 2015 y
1712 de 2014. Solicitud de información sobre servicios de urgencias.
Cordial saludo. De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Constitución
Política, en concordancia con las leyes 1755 de 2015 y 1712 de 2014, comedidamente me
permito presentar la petición que más adelante se describe. Les solicito, por favor,
responder las siguientes peticiones y enviar las respuestas en archivo .xlsx, .xls o
desagregado en el documento.
1. Los registros de casos (diagnósticos) de todas las patologías de orden mental reportadas
en los profesionales de la salud en Colombia, desde el 1 de enero del año 2015 hasta el 31
de mayo de 2025. Especificando:
- Tipo de profesional.
- Edad del profesional.
- Lugar de trabajo (urgencias, consulta externa, etc).
- Ciudad.
2. Incapacidades médicas otorgadas a profesionales de la salud que trabajan en servicios
de urgencias por motivos de salud mental, desde el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de
mayo de 2025. Especificando:
- Diagnóstico.
- Tiempo de la incapacidad.
- Desagregado por departamentos, ciudades, municipios y corregimientos.
3. ¿Cuántos servicios de urgencia hay en Colombia? ¿Cuántos en Bogotá, Medellín, Cali,
Cartagena, Barranquilla y Bucaramanga?
4. Según el marco del Minsalud, ¿cómo establece la ley la organización de un servicio de
urgencias? Es decir, ¿quiénes forman parte de ella? ¿Qué tipos de profesionales?
5. Número desagregado de profesionales de la salud en servicios de urgencias en
Colombia, especificando ciudad, edad, si es estudiante, residente, jefe u otro rol.
6. El marco regulatorio que determine cómo es el flujo de atención de pacientes en servicios
de urgencias en Colombia.
7. ¿Todas las personas son atendidas en servicios de urgencias en Colombia? ¿Qué
determina la legislación?
8. El número de servicios de urgencias asignados o administrados por EPS, por el sector
público y sector privado, desagregando ciudades y tipo de hospital.
9. ¿Cuánto cuesta mantener un servicio de urgencias en promedio en Colombia? ¿Cambia
según el tipo de entidad? Especificar en pesos colombianos.
10. ¿Cuántos pacientes, en promedio, atienden los servicios de urgencias en Colombia?
Especificar tipo de hospital y ciudad.
La respuesta la recibiré, en los términos que ordena la ley, a través de los correos
electrónicos: [email address] y [email address]
Cordial saludo,
Pedro Aníbal Sánchez Martínez
C.C. 1.018.460.068 de Bogotá D.C
MINSALUD informa que el mensaje se encuentra en la bandeja de entrada del
correo [1][Dirección de correo del organismo Ministerio De Salud Y Protección Social] sin verificación de
contenido. Solo se entiende recibido una vez sea ingresado al Sistema de
Gestión Documental – ORFEO y asignado número de radicado ante la entidad y
para el respectivo seguimiento.
El horario de recepción de documentos es de lunes a viernes de 08:00 am a
05:00 pm, lo recibido en horario posterior se radicara al día
hábil siguiente. .
Se aclara que por tratarse de una respuesta automática generada por el
sistema, las notificaciones judiciales que sean competencia de la Entidad
Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en
Salud (SGSSS) – ADRES, serán devueltas por MINSALUD al remitente sin
realizar ningún trámite. Con este fin se recomienda enviar las
notificaciones judiciales de ADRES al correo
[correo electrónico]
Señor usuario absténgase de enlazar archivos que se encuentren alojados en
la nube (ej: GoogleDrive, OneDrive etc). Ya que por motivos de políticas
de seguridad de la información del Ministerio de Salud y Protección
Social, estos archivos no podrán ser visualizados. Recomendamos
adjuntarlos directamente al correo electrónico.
References
Visible links
1. mailto:[Dirección de correo del organismo Ministerio De Salud Y Protección Social]