Estadística de delitos - Pasto Enero - Junio 2023

David D made this acceso a la información request to Policía Nacional de Colombia

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La solicitud fue exitosa.

Pasto
Señores
Policía Nacional de Colombia

Por medio del presente mecanismo de solicitud de información y apelando a la Ley 1712 de 2014 sobre el derecho de acceso a la información pública, solicito respetuosamente datos sobre delitos cometidos en la ciudad de Pasto durante el periodo Enero-Junio de 2023, con una periodicidad mensual en donde se indique el total de delitos clasificados entre hurto a personas, hurto a residencias, hurto a comercios, hurto a vehículos (automotores y motos), homicidios, extorsión y delitos sexuales.
A manera de ejemplo;

Mes | Tipo de delito | Total casos |
Enero | Hurto a personas | 15
Enero | Homicidio | 23

Quedo atento a su respuesta, de antemano muchísimas gracias por la atención prestada.
Un saludo,
David D.

DIJIN OAC, Policía Nacional de Colombia

Dios y Patria Cordial saludo

Asunto: trámite por competencia

Respetuosamente y de conformidad con lo previsto en el Art. 23 de la CP de 1991; en concordancia con los Art.  13 y 21 del Código Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) modificado por la Ley 1755 de 2015, Art. 11 de la Resolución 05839 de 2015; de manera atenta y respetuosa me permito remitir información allegada al correo electrónico de la Oficina de Atención al Ciudadano - DIJIN, por considerarlo de su competencia. Lo anterior, con el fin, tenga a bien autorizar a quién corresponda, realizar las actividades conducentes y procediendo con las actuaciones de ley a que haya lugar.

Así mismo, de manera respetuosa se solicita, el envío de la respuesta directamente al peticionario a través del correo electrónico ________, con el fin, tenga una oportuna atención a su petición; posteriormente se requiere, copia de la respuesta dada al peticionario a la Oficina de Atención al Ciudadano - DIJIN, citando el asunto de este correo, para su respectivo seguimiento del cumplimiento de los requisitos en las respuestas, de acuerdo a lo establecido en la Guía de PQR2S.

De no ser de su competencia por favor correr traslado del oficio a quien corresponda.  Dando cumplimiento al artículo 21 de la Ley 1755 de 2015.
Funcionario sin competencia. Si la autoridad a quien se dirige la petición no es la competente, se informará de inmediato al interesado si este actúa verbalmente, o dentro de los cinco (5) días siguientes al de la recepción, si obró por escrito. Dentro del término señalado remitirá la petición al competente y enviará copia del oficio remisorio al peticionario o en caso de no existir funcionario competente así se lo comunicará. Los términos para decidir o responder se contarán a partir del día siguiente a la recepción de la Petición por la autoridad competente.

Atentamente, 

Elaboró: PT.
Responsable Atención al Ciudadano DIJIN

 Antes de imprimir este e-mail piense bien si es necesario hacerlo, el medio ambiente es cosa de todos y el futuro de los nuestros.

mostrar partes citadas

MEPAS SIJIN, Policía Nacional de Colombia

Dios y Patria buenos días

Para responder al peticionario:

En respuesta a su requerimiento se solicita al peticionario ingresar a la dirección electrónica que se describe más adelante, en la cual aplicando los filtros correspondientes encontrara analizada la información estadística requerida los delitos que afectan la seguridad ciudadana e información estadística de la actividad operativa de la Policía Nacional, la cual se encuentra certificada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE con el código 20 - PE - 18 desde el 28 de diciembre de 2020, bajo los criterios de la Norma Técnica de la Calidad del Proceso Estadístico NTC PE 1000:2017, y es de acceso público:

https://portalsiedco.policia.gov.co:4443...

Información suministrada de acuerdo al marco jurídico:
Ley 1266/2008: Habeas data
LEY 1581/2012: Protección de datos
LEY 1712/2014: Transparencia y acceso a la información publica
LEY 1755 DE 2015: Regula el derecho fundamental de petición
Instructivo 006 DIJIN-JACRI-70 del 30 de marzo de 2020 "PARAMETROS PARA LA DIFUSION Y ENTREGA DE REGISTROS ADMINISTRATIVOS GRABADOS EN LA BASE DE DATOS SIEDCO".

De igual manera es importante tener presente en todo momento que la base de datos SIEDCO es una herramienta creada con registros administrativos, únicamente con fines estadísticos y no de gestión de la información, es decir, sus registros no están actualizados en el tiempo (sólo se actualiza en año de vigencia), de acuerdo a cambios de tipificación en el delito; son utilizados para la toma de decisiones, la planeación y el desarrollo efectivo de la labor policial frente al comportamiento delictivo, así como crear estrategias que permitan contrarrestar la criminalidad en el País; NO tiene la característica de elemento material probatorio y/o evidencia física en procesos administrativos y/o judiciales.

Atentamente,

-----Mensaje original-----
De: DIJIN OAC <[correo electrónico]>
Enviado el: viernes, 15 de septiembre de 2023 8:56 a. m.
Para: MEPAS OAC <[correo electrónico]>; MEPAS SIJIN <[correo electrónico]>
CC: [Dirección de correo de la solicitud #1869]
Asunto: RV: solicitud acceso a la información - Estadística de delitos - Pasto Enero - Junio 2023
Importancia: Alta

Dios y Patria Cordial saludo

Asunto: trámite por competencia

Respetuosamente y de conformidad con lo previsto en el Art. 23 de la CP de 1991; en concordancia con los Art.  13 y 21 del Código Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) modificado por la Ley 1755 de 2015, Art. 11 de la Resolución 05839 de 2015; de manera atenta y respetuosa me permito remitir información allegada al correo electrónico de la Oficina de Atención al Ciudadano - DIJIN, por considerarlo de su competencia. Lo anterior, con el fin, tenga a bien autorizar a quién corresponda, realizar las actividades conducentes y procediendo con las actuaciones de ley a que haya lugar.

Así mismo, de manera respetuosa se solicita, el envío de la respuesta directamente al peticionario a través del correo electrónico ________, con el fin, tenga una oportuna atención a su petición; posteriormente se requiere, copia de la respuesta dada al peticionario a la Oficina de Atención al Ciudadano - DIJIN, citando el asunto de este correo, para su respectivo seguimiento del cumplimiento de los requisitos en las respuestas, de acuerdo a lo establecido en la Guía de PQR2S.

De no ser de su competencia por favor correr traslado del oficio a quien corresponda.  Dando cumplimiento al artículo 21 de la Ley 1755 de 2015.
Funcionario sin competencia. Si la autoridad a quien se dirige la petición no es la competente, se informará de inmediato al interesado si este actúa verbalmente, o dentro de los cinco (5) días siguientes al de la recepción, si obró por escrito. Dentro del término señalado remitirá la petición al competente y enviará copia del oficio remisorio al peticionario o en caso de no existir funcionario competente así se lo comunicará. Los términos para decidir o responder se contarán a partir del día siguiente a la recepción de la Petición por la autoridad competente.

Atentamente, 

Elaboró: PT.
Responsable Atención al Ciudadano DIJIN

 Antes de imprimir este e-mail piense bien si es necesario hacerlo, el medio ambiente es cosa de todos y el futuro de los nuestros.

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