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Derecho de petición expedición Certificado Cetil dirigido a Colpensiones para bono pensional y sumatoria de semanas cotizadas - Por prestación de servicio Militar Obligatorio

Estamos a la espera de que oscar bustos lea una respuesta reciente y de que actualice el estado.

Estimado Ministerio De Defensa Nacional, Yo Oscar Enrique Bustos González identificado con numero de cedula de ciudadanía 79.973.829 expedida en la ciudad de Bogota, Respetuosamente solicito expedir el certificado CETIL, dirigido a Colpensiones para bono pensional y sumatoria de semanas cotizadas, por prestación de servicio Militar Obligatorio en el Ejercito de Colombia.
Acorde a lo estipulado inicialmente en el artículo 40 de la ley 48 de 1993, que señala en su literal a): «En las entidades del Estado de cualquier orden el tiempo de servicio militar le será computado para efectos de cesantía, pensión de jubilación de vejez y prima de antigüedad en los términos de la ley.» y derogado por la ley 1861 de 2017, pero a su vez esta misma ley señala en el inciso primero de literal a) del artículo 45: «En las entidades del Estado de cualquier orden el tiempo de servicio militar le será computado para efectos de cesantía, pensión de jubilación de vejez, pensión de invalidez, asignación de retiro y prima de antigüedad en los términos de la ley.»
A continuación relaciono información relevante:

• Fuerza : Ejercito de Colombia
• Unidad donde se prestó el servicio militar: Unidad de Policía Militar numero 15 "BPM15" Distrito: 002 - Bogotá, D.C. - 01 Localidad - Usaquén 2do contingente de 1999
• Año de Alta del servicio: 1999
• Año de Baja del servicio: 2003
• adjunto Copia legible de la Cédula de Ciudadanía y copia de la Libreta Militar

Un saludo,
Oscar Enrique Bustos González

Grupo Archivo General, Ministerio De Defensa Nacional

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Estimado usuario

 

Con toda atención y en respuesta a su solicitud, el Grupo de Archivo del
Ministerio de Defensa Nacional se permite informarle que, su petición se
encuentra incompleta, por lo tanto, a fin de poder expedir la
Certificación solicitada, es necesario que aporte la siguiente
información:

 

• Copia legible de la Cédula de Ciudadanía por ambas caras y en caso de
ser posible.
• Copia de la Libreta Militar y Tarjeta de conducta. (si los tiene)

 

Lo anterior, es un requisito indispensable para expedir la certificación,
considerando que las mismas se elaboran a partir de una búsqueda manual
con base en el acervo documental de las unidades donde prestó el Servicio
Militar.

 

De igual forma, es de aclarar los tiempos establecidos en el Artículo 17
de la Ley 1755 de 2015, Sobre Peticiones incompletas y desistimiento
tácito, así:

 

“En virtud del principio de eficacia, cuando la autoridad constate que una
petición ya radicada está incompleta o que el peticionario deba realizar
una gestión de trámite a su cargo, necesaria para adoptar una decisión de
fondo, y que la actuación pueda continuar sin oponerse a la ley, requerirá
al peticionario dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de
radicación para que la complete en el término máximo de un (1) mes.

 

A partir del día siguiente en que el interesado aporte los documentos o
informes requeridos, se reactivará el término para resolver la petición.

 

Se entenderá que el peticionario ha desistido de su solicitud o de la
actuación cuando no satisfaga el requerimiento, salvo que antes de vencer
el plazo concedido solicite prórroga hasta por un término igual.

 

Vencidos los términos establecidos en este artículo, sin que el
peticionario haya cumplido el requerimiento, la autoridad decretará el
desistimiento y el archivo del expediente, mediante acto administrativo
motivado, que se notificará personalmente, contra el cual únicamente
procede recurso de reposición, sin perjuicio de que la respectiva
solicitud pueda ser nuevamente presentada con el lleno de los requisitos
legales.”

 

Su respuesta debe ser enviada al correo electrónico
[1][correo electrónico], citando [Asunto].

 

Saludo Cordial,

GRUPO ARCHIVO GENERAL

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

[3][correo electrónico]
[2]1716215389869
Teléfono: 3150111

Carrera 31 # 13-30 Bogotá - Colombia

[4]www.mindefensa.gov.co

══════════════════════════════════════════════════════════════════════════

De: Solicitudes Ciudadanas MinDefensa
Enviado: domingo, 9 de junio de 2024 6:37 p. m.
Para: Grupo Archivo General
Asunto: RV: solicitud acceso a la información - Derecho de petición
expedición Certificado Cetil dirigido a Colpensiones para bono pensional y
sumatoria de semanas cotizadas - Por prestación de servicio Militar
Obligatorio
 

══════════════════════════════════════════════════════════════════════════

De: oscar bustos <[Dirección de correo de la solicitud #2271]>
Enviado: domingo, 9 de junio de 2024 4:08 p. m.
Para: Solicitudes Ciudadanas MinDefensa
Asunto: solicitud acceso a la información - Derecho de petición expedición
Certificado Cetil dirigido a Colpensiones para bono pensional y sumatoria
de semanas cotizadas - Por prestación de servicio Militar Obligatorio
 
Estimado Ministerio De Defensa Nacional,  Yo Oscar Enrique Bustos González
identificado con numero de cedula de ciudadanía 79.973.829 expedida en la
ciudad de  Bogota, Respetuosamente solicito expedir el certificado CETIL,
dirigido a Colpensiones para bono pensional y sumatoria de semanas
cotizadas, por prestación de servicio Militar Obligatorio en el Ejercito
de Colombia.

Acorde a lo estipulado inicialmente en el artículo 40 de la ley 48 de
1993, que señala en su literal a): «En las entidades del Estado de
cualquier orden el tiempo de servicio militar le será computado para
efectos de cesantía, pensión de jubilación de vejez y prima de antigüedad
en los términos de la ley.» y derogado por la ley 1861 de 2017, pero a su
vez esta misma ley señala en el inciso primero de literal a) del artículo
45: «En las entidades del Estado de cualquier orden el tiempo de servicio
militar le será computado para efectos de cesantía, pensión de jubilación
de vejez, pensión de invalidez, asignación de retiro y prima de antigüedad
en los términos de la ley.»

A continuación relaciono información relevante:

• Fuerza : Ejercito de Colombia

• Unidad donde se prestó el servicio militar: Unidad de Policía Militar
numero 15 "BPM15" Distrito: 002 - Bogotá, D.C. - 01 Localidad - Usaquén
2do contingente de 1999

• Año de Alta del servicio: 1999

• Año de  Baja del servicio: 2003

• adjunto Copia legible de la Cédula de Ciudadanía y copia de la Libreta
Militar

Un saludo,

Oscar Enrique Bustos González

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