Petición de información
Estimado Direccion General De La Policia Nacional,
Por medio de la presente y haciendo uso del derecho de acceso a la información establecido en la ley 1712 de 2014 quiero solicitar un archivo en formato abierto y reutilizable en el que conste las muertes y el total de casos de mujeres en el que está involucrados los ataques con ácido en el periodo 2010-2017
Un saludo,
Jean Carlos Rosas
TI:00010608660
2017-04-14 16:44:15
Apreciado(a) Ciudadano,
Hemos recibido correctamente su Petición de información en un
término de 2017-04-24 23:59:00 procederemos a brindarle una
respuesta.
Para efectos de consulta y seguimiento le informamos que el
número con el cual quedó identificada es 360983-20170414
Por lo tanto lo invitamos a ingresar a la url
http://oasportal.policia.gov.co/portal/p...
para consultar estado actual.
Recuerde que estamos comprometidos en ofrecerle un servicio con
Calidad.
Agradecemos su confianza en nosotros.
Policía Nacional de Colombia.
IMPORTANTE:
Este correo es informativo, favor no responder a esta dirección de email,
teniendo en cuenta que no se encuentra habilitada para recibir mensajes.
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1. http://dexon.us/
La Policía Nacional le agradece su visita a nuestro portal institucional, me permito comunicarle que su información allegada a la Línea de Atención al Ciudadano de la Policía Nacional, fue tramitada por competencia con el Ticket del asunto a la Oficina de Atención al Ciudadano de la DIRECCIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA, con el fin de realizar su respectivo trámite de verificación y gestión. Cualquier información del caso se puede comunicar a la línea telefónica 5159032-5159530
[PT HOMBITA]
2017-04-15 09:44:56 Apreciado(a) Ciudadano,
Su Petición de información, identificada con el
número 360983-20170414 ha tenido algunos cambios
durante su proceso de atención. Por lo tanto lo
invitamos a ingresar a la url
http://oasportal.policia.gov.co/portal/p...
para consultar el estado actual. Recuerde que
estamos comprometidos en ofrecerle un servicio con
Calidad. Nuestro interés es mantenerlo informado.
Policía Nacional de Colombia.
Buenas Tardes, Policía Nacional Dios y Patria
MI POLICÍA Y YO CON EL MISMO CORAZÓN
De manera respetuosa me permito enviar la información estadística referente a los homicidios y lesiones ocasionados con ácido y/o agentes químicos registrados en el país para los años 2010-2016 y período del 01 de enero al 20 de abril de 2017.
NOTA: La información que reposa en la base de datos SIEDCO, corresponde a datos de delitos, contravenciones y la labor operacional de la institución; cifras estadísticas que no deben ser utilizadas como antecedente judicial de los ciudadanos; de igual manera el inciso segundo del artículo 5 de la ley 79 de 1993, agrega: "Los principios fundamentales en los cuales se basa la reserva estadística, obedece fundamentalmente a la no divulgación del conocimiento que se tiene de la actividad estadística (dato individual) de una persona natural o jurídica, así como la obligación de no actuar sobre la base de dicho conocimiento, respetando la confidencialidad de los mismos y su utilización con fines meramente estadísticos.
Sentencia C-491 del 27/06/2007 "Derecho de acceso a la información pública", Reserva legal de información pública - Casos en que resulta legítima. (2) ante la necesidad de mantener la reserva para garantizar la seguridad y defensa nacional. (3) frente a la necesidad de asegurar la eficacia de las investigaciones estatales de carácter penal, disciplinario, aduanero o cambiario. Ley 1712 de 06/03/2014. Artículo 19. Información exceptuada por daño a los intereses públicos, literal b) La seguridad pública. Ley 79 de 1993. Artículo 5, Inciso segundo. "Los principios fundamentales en los cuales se basa la reserva estadística, obedece fundamentalmente a la no divulgación del conocimiento que se tiene de la actividad estadística (dato individual) de una persona natural o jurídica, así como la obligación de no actuar sobre la base de dicho conocimiento, respetando la confidencialidad de los mismos y su utilización con fines meramente estadísticos".
Atentamente,
Intendente RUBÉN DARÍO PACHÓN BEDOYA
Investigador Criminológico
Teléfonos: 5159700 Extensiones 30547
Correo: [correo electrónico]<mailto:[correo electrónico]>
Av. El Dorado No 75-25 Barrio Modelia
[http://www.policia.gov.co/portal/pls/por...
[http://www.policia.gov.co/portal/pls/por...
[Descripción: http://owa.colombina.com.co/tierravi.jpg...
De: DIJIN ESTADISTICO11
Enviado el: jueves, 20 de abril de 2017 05:28 p.m.
Para: [Dirección de correo de la solicitud #165]
CC: DIJIN OAC; DIJIN AICRI-GICRI
Asunto: ENVÍO LA INFORMACIÓN ESTADÍSTICA REFERENTE A LOS HOMICIDIOS Y LESIONES OCASIONADOS CON ÁCIDO Y/O AGENTES QUÍMICOS REGISTRADOS EN EL PAÍS PARA LOS AÑOS 2010-2016 Y PERÍODO DEL 01 DE ENERO AL 20 DE ABRIL DE 2017.
Buenas Tardes, Policía Nacional Dios y Patria
MI POLICÍA Y YO CON EL MISMO CORAZÓN
De manera respetuosa me permito enviar la información estadística referente a los homicidios y lesiones ocasionados con ácido y/o agentes químicos registrados en el país para los años 2010-2016 y período del 01 de enero al 20 de abril de 2017.
NOTA: La información que reposa en la base de datos SIEDCO, corresponde a datos de delitos, contravenciones y la labor operacional de la institución; cifras estadísticas que no deben ser utilizadas como antecedente judicial de los ciudadanos; de igual manera el inciso segundo del artículo 5 de la ley 79 de 1993, agrega: "Los principios fundamentales en los cuales se basa la reserva estadística, obedece fundamentalmente a la no divulgación del conocimiento que se tiene de la actividad estadística (dato individual) de una persona natural o jurídica, así como la obligación de no actuar sobre la base de dicho conocimiento, respetando la confidencialidad de los mismos y su utilización con fines meramente estadísticos.
Sentencia C-491 del 27/06/2007 "Derecho de acceso a la información pública", Reserva legal de información pública - Casos en que resulta legítima. (2) ante la necesidad de mantener la reserva para garantizar la seguridad y defensa nacional. (3) frente a la necesidad de asegurar la eficacia de las investigaciones estatales de carácter penal, disciplinario, aduanero o cambiario. Ley 1712 de 06/03/2014. Artículo 19. Información exceptuada por daño a los intereses públicos, literal b) La seguridad pública. Ley 79 de 1993. Artículo 5, Inciso segundo. "Los principios fundamentales en los cuales se basa la reserva estadística, obedece fundamentalmente a la no divulgación del conocimiento que se tiene de la actividad estadística (dato individual) de una persona natural o jurídica, así como la obligación de no actuar sobre la base de dicho conocimiento, respetando la confidencialidad de los mismos y su utilización con fines meramente estadísticos".
Atentamente,
Intendente RUBÉN DARÍO PACHÓN BEDOYA
Investigador Criminológico
Teléfonos: 5159700 Extensiones 30547
Correo: [correo electrónico]<mailto:[correo electrónico]>
Av. El Dorado No 75-25 Barrio Modelia
[http://www.policia.gov.co/portal/pls/por...
[http://www.policia.gov.co/portal/pls/por...
[Descripción: http://owa.colombina.com.co/tierravi.jpg...
2017-04-20 18:33:46 Apreciado(a) Ciudadano,
Su Petición de información, identificada con el
número 360983-20170414 ha tenido algunos cambios
durante su proceso de atención. Por lo tanto lo
invitamos a ingresar a la url
http://oasportal.policia.gov.co/portal/p...
para consultar el estado actual. Recuerde que
estamos comprometidos en ofrecerle un servicio con
Calidad. Nuestro interés es mantenerlo informado.
Policía Nacional de Colombia.
2017-04-20 18:33:48 Apreciado(a) Ciudadano,
Su Petición de información, identificada con el
número 360983-20170414 ha tenido algunos cambios
durante su proceso de atención. Por lo tanto lo
invitamos a ingresar a la url
http://oasportal.policia.gov.co/portal/p...
para consultar el estado actual. Recuerde que
estamos comprometidos en ofrecerle un servicio con
Calidad. Nuestro interés es mantenerlo informado.
Policía Nacional de Colombia.
2017-04-20 18:33:51
Estimado(a) Ciudadano,
Para nosotros es importante conocer su opinión sobre la experiencia que
vivió en el trámite de su requerimiento. Lo invitamos en los próximos 3
minutos a responder el siguiente cuestionario, haciendo click
[1]enlace
Policia Nacional de Colombia.
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1. https://srvpqrs.policia.gov.co/Version11...
2. http://dexon.us/
Buenos días
Señor
JEAN CARLOS ROSAS
[correo electrónico]<mailto:[correo electrónico]>
Asunto: Respuesta Petición.
Reciba un cordial saludo, de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL, de antemano queremos manifestarle lo importante que es para nuestra institución que nos contacte, en atención al Art 21 de la ley 1755 del 30 de Junio del 2015 "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo", comedidamente me permito enviar respuesta a su requerimiento.
Atentamente,
Intendente Jefe
BENANCIO TRIANA LOZANO
Jefe Oficina Atención al Ciudadano DIJIN
Teléfonos 4266212
Email: [correo electrónico]<mailto:[correo electrónico]>
Av. El Dorado No 75-25 Barrio Modelia
Bogotá D.C. - Colombia
Difundió: PT. Efrain lozano
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
POLICÍA NACIONAL
DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL E INTERPOL