Estadística de empresas creadas por población de nacionalidad venezolana en el Valle del Cauca

Edwin Alonso Leiva Melchor made this Freedom of Information request to Superintendencia De Sociedades

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Edwin Alonso Leiva Melchor

Estimado Superintendencia De Sociedades,

La presente solicitud radica en la necesidad de información en lo
concerniente a la estadística de emprendimientos o empresas creadas por población de nacionalidad venezolana en el departamento del Valle del Cauca, de los periodos 2017-2018-2019-2020

bajo los siguientes parámetros

DEPARTAMENTO: Valle del Cauca
MUNICIPIO: Todos
NACIONALIDAD: VENEZOLANA
TIPO DE EMPRESA
ACTIVIDAD ECONÓMICA
FECHA CREACIÓN
GENERO
EDAD
CANTIDAD

Lo anterior se requiere para realizar análisis de contexto de la población
venezolana específicamente para el Valle del Cauca, dado que son
funcionario de la OIM- Organización Internacional de Migración - ONU y
trabajo en el programa Flujos Migratorios Mixtos.

Agradezco de antemano al apoyo que me puedan brindar con la información
descrita.

Cordialmente

Un saludo,

Edwin Alonso Leiva Melchor
Gestor Información
OIM_- Grupo flujo migratorios mixtos - GIFMM Valle del Cauca.
C.C 18187615
Cel:3123125072

Respuesta Automática Supersociedades, Superintendencia De Sociedades

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Documento radicado
Respetado  Usuario,

Le informamos que a su solicitud se le asignó el siguiente  número de
radicado: 2020-02-020950
 
Este correo es de tipo informativo, por favor no responda a este mensaje.

Apreciado Usuario, nos permitimos informar  que esta dirección de correo
electrónico es utilizada solamente con fines informativos. Por favor, no
responder con consultas, ya que estas no podrán ser atendidas. Los
trámites y consultas en línea que ofrece la Superintendencia de Sociedades
 se deben realizar a través de la página web de la entidad
 [1]https://www.supersociedades.gov.co/Servi...

Para enviar radicaciones o documentos lo pueden hacer a través del buzón
de correo electrónico [correo electrónico]  o a través de la
página web de la entidad   sección  -  Ventanilla Única de Trámites y
Servicios Supersociedades
[2]https://www.supersociedades.gov.co/Servi...

En nuestro portal web [3]www.supersociedades.gov.co en la sección 
Baranda Virtual ? Radicaciones
 [4]https://servicios.supersociedades.gov.co...
 puede comprobar la autenticidad de este correo, tomando el número del
radicado enviado al comienzo de este comunicado.

De conformidad la Resolución 100-005405  ?Por la cual se expiden y adoptan
los manuales de usuario para tramitar los procesos, procedimientos y
trámites de insolvencia, a través de mecanismos digitales y del uso y
aprovechamiento de las tecnologías de la información y las
comunicaciones.? Se informa que a partir del 14 de septiembre de 2020, no
será posible radicar una solicitud de Negociación de Emergencia de
Acuerdos de Reorganización (?NEAR?) mediante radicación física en las
ventanillas de la entidad o mediante envío al correo electrónico
anteriormente usado para estos efectos, es decir que las solicitudes se
harán por el Módulo de Insolvencia (?MI?). 

No obstante, si el solicitante no cuenta con las herramientas tecnológicas
para hacer una radicación a través del Módulo de Insolvencia (?MI?), podrá
comunicarse a la Superintendencia de Sociedades a la línea (1) 220-1000,
de manera que se le permita la radicación por correo electrónico o hacer
uso de los elementos tecnológicos que la Entidad habilitará para la
presentación de solicitudes in situ, en cada una de sus sedes.

Adicionalmente apreciado Usuario tenga en cuenta:

En razón a la inmensurable e imprevisible demanda de solicitudes de
radicación electrónica que viene recibiendo la Superintendencia de
Sociedades, durante el período de Aislamiento Preventivo Obligatorio
decretado por el Gobierno Nacional como consecuencia de la pandemia
generada por el Coronavirus COVID-19, sumado a problemas técnicos
inesperados, presentados en nuestra plataforma, por medio del presente, le
informamos que el proceso de radicación se ha visto afectado y presenta
retrasos. En consecuencia, en virtud de las disposiciones contenidas en el
parágrafo del artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de
lo Contencioso Administrativo, nos permitimos informarle que su petición
inicia su trámite a partir de la fecha y procederemos a dar respuesta en
el término fijado por la ley, el cual en ningún caso superará del doble
del inicialmente previsto.

?Artículo 14. Términos para resolver las distintas modalidades de
peticiones. Salvo norma legal especial y so pena de sanción disciplinaria,
toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes
a su recepción. 

Estará sometida a término especial la resolución de las siguientes
peticiones:

1. Las peticiones de documentos deberán resolverse dentro de los diez (10)
días siguientes a su recepción. Si en ese lapso no se ha dado respuesta al
peticionario, se entenderá, para todos los efectos legales, que la
respectiva solicitud ha sido aceptada y, por consiguiente, la
administración ya no podrá negar la entrega de dichos documentos al
peticionario, y como consecuencia las copias se entregarán dentro de los
tres (3) días siguientes.

2. Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las
autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse
dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción. 

Parágrafo. Cuando excepcionalmente no fuere posible resolver la petición
en los plazos aquí señalados, la autoridad deberá informar de inmediato, y
en todo caso antes del vencimiento del término señalado en la ley, esta
circunstancia al interesado expresando los motivos de la demora y
señalando a la vez el plazo razonable en que se resolverá o dará
respuesta, el cual no podrá exceder del doble del inicialmente previsto.? 

?Para el caso en concreto de los Procesos de Insolvencia y Mercantiles
adelantados en nuestra Entidad, se advierte que para el control de
términos, los radicados se entenderán recibidos con la fecha del envío del
correo electrónico y no con la fecha del día de la radicación en la
Superintendencia?. 

Agradecemos su comprensión y presentamos excusas.

References

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1. https://www.supersociedades.gov.co/Servi...
2. https://www.supersociedades.gov.co/Servi...
3. http://www.supersociedades.gov.co/
4. https://servicios.supersociedades.gov.co...

Correo Certificado Cali, Superintendencia De Sociedades

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Señor

EDWIN ALONSO LEIVA MELCHOR

Cel. 312312502

[1][correo electrónico]

 

Para su información y fines pertinentes, adjunto oficio 2020-03-012775 con
su respectivo anexo. REF.: TRASLADO POR COMPETENCIA – RADICACIÓN
2020-02-020950 DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2020.

 

Esta dirección de correo electrónico es utilizada solamente para el envío
de información y/o solicitudes de la Superintendencia de Sociedades.
Nuestro canal electrónico para respuestas, solicitudes e inquietudes
es [2][Dirección de correo del organismo Superintendencia De Sociedades]

 

Cordialmente,

 

Diana Carolina Arciniegas Rojas
[3]E9F8120C
Superintendencia de Sociedades

 

 

References

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1. mailto:[correo electrónico]
2. mailto:[Dirección de correo del organismo Superintendencia De Sociedades]

EMAIL CERTIFICADO de Correo Certificado Cali,

3 Attachments

Señor

EDWIN ALONSO LEIVA MELCHOR

Cel. 312312502

[1][correo electrónico]

 

Para su información y fines pertinentes, adjunto oficio 2020-03-012775 con
su respectivo anexo. REF.: TRASLADO POR COMPETENCIA – RADICACIÓN
2020-02-020950 DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2020.

 

Esta dirección de correo electrónico es utilizada solamente para el envío
de información y/o solicitudes de la Superintendencia de Sociedades.
Nuestro canal electrónico para respuestas, solicitudes e inquietudes
es [2][Dirección de correo del organismo Superintendencia De Sociedades]

 

Cordialmente,

 

Diana Carolina Arciniegas Rojas
[3]E9F8120C
Superintendencia de Sociedades

 

 

References

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1. mailto:[correo electrónico]
2. mailto:[Dirección de correo del organismo Superintendencia De Sociedades]

notificacionesccc,

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[1]***Certimail: Email Certificado***

Este es un Email Certificado^™ enviado por notificacionesccc.

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 Buenas tardes,

 

Señor

EDWIN ALONSO LEIVA MELCHOR

Gestor de Información OIM

GRUPO FLUJO MIGRATORIOS MIXTOS – GIFMM

[2][correo electrónico]

Cali

 

Reciba un cordial Saludo,

 

Adjunto damos respuesta a la solicitud de fecha 8 de octubre de 2020,
enviada a la Superintendencia de Sociedades y remitido a esta entidad el
26 de noviembre del mismo año, nos solicitó: “información en lo
concerniente a la estadística de emprendimientos o empresas creadas por
población de nacionalidad venezolana en el departamento del Valle del
Cauca, de los periodos 2017-2018-2019-2020 bajo los siguientes parámetros
DEPARTAMENTO: Valle del Cauca MUNICIPIO: Todos NACIONALIDAD: VENEZOLANA
TIPO DE EMPRESA ACTIVIDAD ECONÓMICA FECHA CREACIÓN GENERO EDAD CANTIDAD”

 

 

Cordialmente,

 

Cámara de Comercio de Cali

 

 

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References

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2. mailto:[correo electrónico]